Encargado externo de Prevención del Delito (EPD).

Nuestro servicio de EPD está enfocado en asistir a nuestros clientes en el cumplimiento de la ley 20.393 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, la cual mantiene dentro de sus exigencias el nombramiento de un encargado de prevención del delito, el que debe tener autonomía respecto de su administración; así como también la ley 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF), y que busca principalmente controlar el delito de lavado de activos. De igual manera, nuestros Encargados de Prevención de Delitos externos brindan asesoría técnica en la implementación y gestión de sistemas de prevención de delitos de acuerdo a la ley 20.032 que regula las corporaciones que dan apoyo al Servicio Mejor Niñez, y las normativas FCPA y UKBA, en los casos de organizaciones con relaciones internacionales.

Para más información, no dude en contactarnos y responderemos sus inquietudes a la brevedad.

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